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El incremento hace que la categoría más baja supere los $150 y la más alta se ubique cerca de $675. Conozca el nuevo esquema de tributación antes de su oficialización
Publicado el 10 de Septiembre de 2009 en Sociales, laborales, estadísticas e infraestructural en gral
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a cargo de Ricardo Echegaray, ya estableció los nuevos valores que deberán cancelar los trabajadores autónomos a partir de este mes. iPofesional.com tuvo acceso exclusivo a la resolución general 2673 que se publicará en los próximos días en el Boletín Oficial.
Tal como adelantó este medio, el nuevo aumentoen la jubilación mínima impacta de lleno en los aportes que los trabajadoresindependientes realizan para la seguridad social. El incremento establecido a través de la Ley de Movilidad Jubilatoria hace que la categoría más baja supere los $150 y la más alta se ubique cerca de 675 pesos. Para acceder al texto completo de la nueva norma haga click aquí.
Puntualmente, la nueva normativa reformula el esquema de tributación de la siguiente manera:
Desde el Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño (Cpcecaba), Flavia Melzi, vicepresidenta II de la institución, señaló oportunamente que desde la entidad entienden como grave “la inequidad que se generará por la falta de adecuación de los parámetros de ingresos brutos para el encuadramiento del trabajador autónomo en las diversas categorías”. “Si bien -en el último tiempo- el aporte mensual a cancelar se ha ido elevando periódicamente respetando una cláusula de repotenciación periódica, nada se ha previsto respecto a la actualización de los montos de ingresos brutos obtenidos, base para encuadrarse en una u otra categoría”, agregó Melzi.
De igual manera, para los asalariados, la remuneración tope para calcular los aportes se eleva de $8711,82 a $9351,30. Como el descuento con destino al sistema jubilatorio es del 11% del salario bruto, el importe máximo de la retención será de $1028,64 en lugar de los actuales 958,30 pesos.
Particularidades Asimismo, la nueva normativa establece el esquema de aportes mensualesa respetar por lostrabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial:
Por último, la resolución establece los valores vigentes a partir de este mes para el caso de afiliaciones voluntarias, menores de 21 años, beneficiarios de prestaciones previsionales y amas de casa.
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