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El titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, adelantó al sector industrial su decisión de ampliar el plazo de adhesión hasta el 31 de diciembre próximo. Fuentes empresarias lo confirmaron a iProfesional.com. Expertos explican los motivos que justifican dicha prórroga. Cuál es la otra medida en estudio
Publicado el 30 de Julio de 2009 en Economía , Mercosur y Temas Jurídicos
La decisión ya está tomada. En respuestas a los reclamos presentados y a fin de potenciar el régimen vigente, el Gobierno extenderá hasta fin de año el blanqueo laboral que –de no mediar la prórroga- vencería el próximo sábado.
La extensión también fue bien recibida en el ámbito tributario. En efecto, Mario Volman, aconsejó oportunamente que “sería conveniente prorrogar el plazo de adhesión a los distintos regímenes que contempla la ley”. Asimismo, Volman detalló los motivos que justifican la ampliación de la fecha límite de adhesión:
Incorporación de deudas 2008 Complementariamente, iProfesional.com pudo confirmar que sólo resta el visto bueno de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner para que la decisión de incluir las deudas 2008 en la amplia moratoria fiscal que vence el 31 de agosto próximo sea un hecho. Tal como anticipó este medio, el fisco nacional trabaja desde abril pasado, en conjunto con el Ministerio de Trabajo, a fin de ampliar el denominado "Acuerdo Fiscal". Al respecto Echegaray ya adelantó que "se avanzó fuertemente en el diálogo con la Unión Industrial Argentina (UIA) en evaluar la deuda 2008 que tienen algunas empresas que no quedan dentro del blanqueo”. “Se estudiará el tema para ver si se puede impulsar alguna decisión, ya que la AFIP tiene potestad para disponer el financiamiento de deudas fiscales", agregó Echegaray. A diferencia de la decisión de extender el plazo de adhesión del blanqueo laboral, expertos advirtieron que “el Gobierno debería contar con una nueva ley para poder incluir nuevas deudas en la moratoria impositiva”. Emilio Cornejo Costas, miembro del Departamento de Derecho Penal Tributario de Lisicki, Litvin & Asociados, no dejó lugar a dudas: “El Poder Ejecutivo -mediante un decreto- no puede extender los beneficios penales de la ley 26.476 a situaciones no contempladas en la misma, como sería el caso de incluir deudas 2008, pues ello es facultad exclusiva del legislador por disposición expresa de la Constitución Nacional”. ”El Ejecutivo estaría legislando en materia penal, cuestión absolutamente prohibida por nuestra Carta Magna”, advirtió Cornejo Costas. Desde el Departamento de Consultoría Tributaria del Estudio Harteneck – Quian – Teresa Gómez & Asociados, Teresa Gómez, también fueron categóricos: “Las normas tributarias deben ser siempre dadas a luz por una ley emanada del Poder Legislativo”, sostuvo Gómez. Asimismo, la especialista advirtió que “la incorporación de las deudas 2008 hará caer las causas penales tributarias por evasión que se hayan iniciado -o que vayan a tramitarse respecto de los montos no ingresados durante el año pasado”. De la misma manera, Juan Ignacio Tuero, miembro del estudio TWR Abogados, agregó que la "polémica reforma también afectaría las causas penales en trámite por infracciones cometidas en 2008, al abrirse la posibilidad de solicitar por los contribuyentes la aplicación del principio de la ley penal mas benigna." (Lea más: El Gobierno necesitará una nueva ley para ampliar el blanqueo)
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